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Sentencia judicial revoca la falta leve impuesta a un cartero de USE por dejar FTs

Viernes 14 de julio de 2023

Recientemente los juzgados de lo social de Madrid han dictado una sentencia importante y positiva para tod@s los trabajador@s de Correos. El tribunal ha revocado una sanción a un cartero de la USE 11 que fue sancionado por dejar FTs. Una vez mas se pone de manifiesto que si no repartimos todos lo envíos no es porque no queramos, sino por la elevada e inasumible carga de trabajo.

OTRA SENTENCIA NOS DA LA RAZÓN: NO NOS PUEDEN SANCIONAR POR DEJAR FTs

Recientemente un compañero de la USE 11 fue sancionado por no repartir la totalidad de los paquetes asignados, dejando 19 FTs, entre ellos 5 PKs. Tod@s sabemos que es imposible trabajar 55 paquetes en furgoneta, pues contando con el tiempo efectivo de reparto, solo disponemos de unos 4 minutos por entrega. Así lo hemos argumentado en la demanda. Y el juzgado de lo social nº 13 de Madrid ha dictado sentencia firme revocando la sanción.

La jueza ha indicado que "es muy dificultoso la entrega de la totalidad del reparto" y que "si bien el trabajador no pudo realizar la totalidad de las entregas fue debido al volumen asignado y falta de tiempo para proceder al reparto, existiendo una sobrecarga de trabajo" de la cual no se puede culpar al cartero.L@s trabajador@es de CGT defendemos poner límites a la carga de trabajo, sobre todo en un contexto en el que aumenta la paquetería pesada y voluminosa y los recorridos a realizar pues Correos lleva años suprimiendo secciones y menguando las plantillas.

Correos está aplicando de forma selectiva “sanciones ejemplarizantes” por no poder repartir la totalidad de los envíos que nos obligan a sacar. Para la empresa dejar envíos que no ha dado tiempo a trabajar en FT parece ser motivo de suspensión de empleo y sueldo.

Pero también desde hace años, en CGT estamos acumulando sentencias que anulan esas faltas. Los juzgados dictaminan que cuando dejamos envíos en FTs no hay desobediencia, ocultamiento, mala fe, negligencia, descuido o conducta sancionable, dado que el motivo de no poder repartir todo es la elevada carga de trabajo, y por tanto el cartero no dejaba FTs voluntariamente o de forma injustificada.

Esta sentencia es una buena noticia para tod@s l@s trabajadores de Correos, especialmente para el personal de reparto. A su vez, es un varapalo contra los abusos empresariales y la política del látigo. Seguimos peleando por todos los medios para que tengamos unas condiciones laborales dignas y decentes. Esta es nuestra lucha.

CGT Correos Madrid. C/ Conde de Peñalver Nº 19, 6ª planta, despacho 2. Teléfonos 913962327 y 914314665. madrid.cgtcorreos@cgt.es
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